Residencia provisional y Residencia Definitiva.
El
procedimiento para obtener una residencia
ya sea Provisional o Definitiva tiene una duración de
cuatro (4) a seis (6) meses, aproximadamente, y tienen una validez de un (1)
año la Residencia
Provisional y dos
(2) años la Residencia Definitiva, pudiendo esta última, ser renovada por ese
mismo período, una vez llegado su vencimiento.
Llegado
el vencimiento de la residencia provisional, el extranjero podrá solicitar la
Residencia Permanente. Ambos permisos de residencia permiten al extranjero
trabajar y solicitar su Cédula de Identidad Dominicana y su Licencia de
Conducir.
Residencia por Inversión.
En
este permiso de residencia, el extranjero solicitante deberá basar su solicitud
en algún tipo de Inversión Extranjera realizada en el país o bien en un
contrato de trabajo entre el solicitante y una compañía de capital extranjero
que se encuentre registrada ante el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD),
o el Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE), entro otros. En este sentido,
la Residencia por Inversión puede ser obtenida entre cuarenta y cinco (45) y
sesenta (60) días laborales, aproximadamente.
Residencia para Pensionados y / o
Retirados.
El
procedimiento de obtención de la residencia
para pensionados o retirados solo
tarda cuarenta y cinco (45) días laborales, el mismo tiene una validez de un
(1) año, pudiendo dicho permiso ser renovado cada dos (2) años, una vez llegado
su vencimiento.
Para
solicitar este permiso de residencia, los extranjeros pensionados deberán
recibir un ingreso mensual mínimo de US$1,500.00, mientras que los retirados deberán
haber recibido la cantidad de US$2,000.00 mensuales, durante los últimos cinco
(5) años, debiendo los solicitantes, para esta última, aportar los recibos de
envío de dicha cantidad a la República Dominicana.
Visa de Trabajo.
Este
tipo de visa está basado en la existencia de un contrato de trabajo en la
República Dominicana, el cual deberá estar legalizado por ante la Secretaría de
Estado de Trabajo de nuestro país. Este permiso es válido por un (1) año,
pudiendo ser renovado por dos (2) años más. Este permiso debe ser solicitado en
el Consulado Dominicano más cercano. Nuestra Firma le asistirá en la
preparación del expediente para dicha solicitud, así como en el registro de
dicho contrato de trabajo.
Ciudadanía Dominicana.
El proceso de Naturalización que permite a los extranjeros, obtener
la ciudadanía Dominicana en las siguientes circunstancias:
•
Aquellos que tienen una residencia ininterrumpida de por lo menos dos (2) años
en el país
•
Aquellos que han residido al menos por seis (6) meses en el país, siempre que
estén casados con un nacional dominicano
•
Aquellos que han obtenido una concesión especial del Presidente de la República
(llamada Naturalización Privilegiada), que usualmente es otorgada a los
extranjeros que han servido al país o que tienen algún mérito especial
•
Por origen: aquellos nacidos en el extranjero, que son hijos de padre o madre
de nacionalidad Dominicana, siempre que su legislación de origen se lo permita.
La
concesión de la nacionalidad Dominicana, es un poder discrecional del
Presidente de la República, quien en caso de aprobar la solicitud de
nacionalidad, autorizará la emisión de un Decreto otorgando la misma.
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